Que es la Cordillera Escalera?

Apoyar al Gobierno Regional de San Martín en la realización del proceso participativo para la elaboración del Plan Maestro del Área de Conservación Regional Cordillera Escalera.

  • Promover la activa participación de los diferentes actores o grupos de interés tanto público como privado, en los distintos espacios de consulta y discusión propuestos para la elaboración del Plan Maestro.
  • Fortalecer la capacidad de gestión del proceso mediante la contratación del responsable de la gerencia o coordinación del proceso y parte de su equipo técnico.
  • Apoyar la zonificación del ACR –Cordillera Escalera, brindando insumos técnicos y logísticos
  • Apoyar técnica y financieramente algunos eventos de consulta pública y la publicación del Plan Maestro.

El Área de Conservación Regional “Cordillera Escalera” se ubica en la parte Nororiental del Perú. Tiene una superficie de 149 870.00 hectárea que se extiende al Noreste de la ciudad de Tarapoto y forma parte de una cadena de montañas que se levantan entre las cuencas de los ríos Huallaga y Mayo. El Área de Conservación, pertenece políticamente a las provincias de San Martín y Lamas, Región de San Martín.

CORDILLERA ESCALERA
CUADROS- Comunidades Nativas, Asentamientos y Centros Poblados
RESULTADOS -Plan Maestro del ACR Cordillera Escalera
ELABORACIÓN PARTICIPATIVA DE PLAN MAESTRO PARA LA CONSERVACIÓN DE LA DIVERSIDAD BIOLOGICA Y EL DESARROLLO SOSTENIBLE DEL AREA DE CONSERVACIÓN REGIONAL CORDILLERA ESCALERA
Cordillera Escalera, primera Área de Conservación Regional
creada a nivel nacional
(25 de diciembre de 2005).

El Área de Conservación Regional “Cordillera Escalera”, forma parte de la cadena de montañas denominadas “Cahuapanas”. Estas montañas representan la cadena más oriental y septentrional – y la más joven – de los Andes Orientales y al estar comprendida entre las montañas del actual Bosque de Protección Alto Mayo con las del -también actual- Parque Nacional Cordillera Azul.

Esta área constituye una porción de la selva alta donde nacen importantes ríos que abastecen de agua a la población humana de las ciudades más importantes de la Región San Martín y alberga una singular diversidad biológica cuya conservación, a través de su protección y uso sostenible, constituye una prioridad regional y nacional.

Actualmente existe una serie de presiones de uso inapropiados sobre la zona del proyecto y su ámbito de influencia, que van desde el aprovechamiento ilegal de ciertas especies, tanto para autoconsumo y con fines comerciales, hasta avance de la deforestación por la apertura de nuevas tierras para uso agropecuario.

Fue en 1980 que un equipo de investigadores de la Universidad Nacional Agraria La Molina condujo un estudio de localización de unidades de conservación que protegieran los ecosistemas de bosques nublados del Perú, concluyendo que se establezca un santuario nacional llamado “Este del Marañón”. Esta fue la primera propuesta desde un punto de vista técnico de establecer un área protegida en la zona.

En 1992, la Dirección Regional de Agricultura San Martín, mediante la Resolución Directoral N° 187-92-CORDESAM-AG, declaró como Bosque de Protección Regional 100,190 hectáreas contenidas en la Cordillera Escalera, situación que disminuyó en algo la ocupación desordenada y por asalto de tierras más accesibles de la cordillera.

En julio de 1997, se publica la Ley Nº 26834 “Ley de Áreas Naturales Protegidas”, señalando que las áreas naturales protegidas también pueden ser de administración regional, denominándose áreas de conservación regional (Art° 3, Inc. B); la misma Ley señala que la creación de Áreas de Conservación Regional se realiza por Decreto Supremo, aprobado en Consejo de Ministros, refrendado por el Ministro de Agricultura (Art° 7) y finalmente, menciona que los Gobiernos Descentralizados de nivel regional podrán gestionar, ante el ente rector (INRENA), la tramitación de la creación de un Área de Conservación Regional en su jurisdicción. (Art° 11).

En virtud de lo mencionado a inicio del año 2002, el presidente del ex CTAR San Martín presentó al INRENA, el Estudio Justificatorio para el establecimiento del Área de Conservación Regional Cordillera Escalera (ACR – CE) anexado al Oficio Nº 141-2002-CTAR-SM/PE.

Este documento señaló como objetivos para la creación del ACR – CE lo siguiente:

Objetivos Generales

  • Proteger y conservar la diversidad biológica y los recursos naturales de los ya frágiles ecosistemas que se encuentran en la Cordillera Escalera.
  • Asegurar la continuidad de los procesos ecológicos que suceden en el área propuesta, a través de una gestión integrada y participativa.
Objetivos Específicos
  • Proteger los suelos y la vegetación, para que continúen funcionando como reguladores del régimen hidrológico en las cuencas que se originan en la Cordillera Escalera, para asegurar el aprovisionamiento de agua y otros servicios ambientales en beneficio de la población rural y urbana adyacente.
  • Conservar los hábitats de la fauna silvestre, y regular su aprovechamiento para asegurar su reproducción y alimentación y evitar su desaparición.
  • Crear condiciones para el desarrollo de actividades de ecoturismo, recreación, investigación científica, educación ambiental y fortalecimiento cultural.
  • Contribuir con la zonificación ecológica y económica para la gestión ambiental en la región San Martín, mediante el saneamiento físico legal del área.
En junio del 2003, el expediente fue aprobado por el INRENA y elevado al Ministro de Agricultura, él mismo que remitió el expediente a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

Desde esa fecha hasta la actualidad, las nuevas autoridades de la Región San Martín que ratificaron la propuesta a inicios del año 2003 y todas las organizaciones tanto privadas como públicas que participaron en el proceso de consulta que dio lugar la elaboración del Estudio Justificatorio, esperan la dación del Decreto Supremo que establezca el ACR-CE en la Región San Martín.

El Plan Director de las Áreas Naturales Protegidas (D.S. N°010-99-AG), en referencia a la planificación de las ACR, señala que los planes maestros se efectuarán siguiendo los lineamientos de los planes del SINANPE, a fin de mantener la coherencia metodológica y estratégica entre las ANP en todo el país.

Asimismo, señala que la responsabilidad en la elaboración de los planes para las áreas regionales, estará a cargo de los respectivos gobiernos, contando con la supervisión y apoyo técnico del INRENA.

Tanto el Plan Director de las Áreas Protegidas así como el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas (Art. 37°) señalan que el Plan Maestro es el documento de planificación estratégica de más alto nivel para la gestión de un área natural protegida y que serán elaborados por medio de un proceso participativo y que deben ser revisados cada cinco años.

El Plan Director asimismo señala que el Plan Maestro definirá por lo menos: la zonificación, estrategias y políticas generales para la gestión de cada ANP; la organización, objetivos, planes específicos y programas de manejo; marcos de cooperación, coordinación y participación en relación con el área y su zona de amortiguamiento.

La Intendencia de Áreas Naturales Protegidas del INRENA, ha elaborado una Guía Orientadora y Metodológica para la Elaboración de Planes Maestros de las Áreas Naturales Protegidas, la cual está siendo empleada a nivel del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado (SINANPE) como referente para la elaboración de los actuales planes maestros a nivel nacional.

En el marco del Proyecto “Zonificación y Organización de los Actores Locales para la Formulación Participativa del Plan Maestro del Área de Conservación Regional Cordillera Escalera San Martín – Perú”, ejecutado por CEDISA de mayo del 2003 a abril del 2004, con el apoyo económico de la Embajada de Finlandia, se ha elaborado la propuesta de los Términos de Referencia que seguirá el proceso para la elaboración del Plan Maestro del ACR – CE.

El presente proyecto, tiene el propósito de acompañar al Gobierno Regional brindando asistencia técnica como logística al proceso de elaboración del Plan Maestro del ACR – CE en base a los Términos de Referencia elaborados. Por un lado se promoverá la presencia activa de las autoridades regionales, sectoriales, políticas, ONG, población local y empresas privadas, mientras que por otro lado se apoyará a que dicho proceso sea transparente, comprensible y accesible a los actores y grupos de interés.

En un inicio y en base a la Declaración de Interés y Voluntad de los involucrados para promover el proceso del Plan Maestro de fecha 24 de Mayo del 2004, el proyecto conjuntamente con el Gobierno Regional promoverá la convocatoria del Comité de Gestión o Comisión Multisectorial para la aprobación de los Términos de Referencia del proceso de elaboración del Plan Maestro y la formación de la Unidad de Coordinación que conducirá institucionalmente el proceso.

El proyecto considera que el Comité de Gestión o Multisectorial es una instancia fundamental para las consultas públicas del proceso y como tal constituye el espacio para que los grupos de interés puedan dar aportes, expresar sus opiniones y puntos de vista al contenido del Plan Maestro.

El proyecto dará énfasis a la gestión de la Gerencia del Plan Maestro y su Equipo Técnico brindando los medios que estén a su alcance para un adecuado trabajo y establecerá o apoyará coordinaciones y compromisos con otras instituciones a fin de ampliar el apoyo técnico y financiero que requiere el proceso del Plan Maestro.

Nosotros | Medio Ambiente y Recursos Naturales | Derecho, Genero y Ciudadanía | Valor Agregado y Mercado Microfinanzas | informes@cedisa.org
Centro de Desarrollo e Investigacion de la Selva Alta - CEDISA. Tarapoto - Perú